En Chile; la compra, posesión, porte y uso de armas de fuego está estrictamente regulado por la ley 17.798.
Toda arma y munición a comprar debe ser inscrita y para ello debe pasar por un riguroso proceso de control. De igual manera, toda persona que desee poseer un arma debe inscribirse para ello.
La organización gubernamental encargada del control de armas es la Dirección General de MovilizaciónNacional (DGMN).
En el sitio web de la DGMN, www.dgmn.cl, se puede encontrar información detallada acerca de TODO lo que hay que saber sobre armas: Leyes, procedimientos, derechos, restricciones, trámites, compra, venta, traspasos, porte, uso, defunciones, cambios de domicilio y variados procedimientos que se ven comúnmente en esta área. Recomendamos visitar este sitio web (sección Armas y Explosivos) para tratar cualquier otro inconveniente o duda que tenga al respecto.
La DGMN actúa por medio de las Autoridades Fiscalizadoras (A.F.) a lo largo de todo el país, las que actualmente corresponden a unidades que se localizan en ciertas comisarías de carabineros de Chile. Tenga presente este hecho ya que todos los trámites deben realizarse con las A.F. Se han organizado a las autoridades fiscalizadoras de modo que estén presentes en variadas localidades del país, es por ello que puede efectuar los pasos descritos en esta guía pero frente a la autoridad fiscalizadora correspondiente a la comuna del domicilio donde se encontrará almacenada el arma.
Categorías y Cupos

Son muchos los requisitos para adquirir un arma, pero antes de saber lo que hay que hacer, hay que preguntarse: ¿Qué arma quiero? y ¿Para qué la quiero? Es importante tener claras las respuestas a estas dudas ya que existen diversas categorías legales que definen qué armas se pueden comprar, el uso que se le pueden dar y la cantidad que se pueden adquirir.


El alcance legal también está limitado dependiendo si el comprador es una persona natural o una persona jurídica (empresa).


Las categorías, armas correspondientes y alcances se pueden visualizar en las siguientes tablas:


Tipo

Persona Natural

Persona Jurídica

Numero Máximo de Armas

Caza

 

2 + 6

Deporte

 

2 + 6

Defensa

 

2

Protección & Seguridad

 

2 + N

Colección

 

2 + [8 a 11] [12 a 19] [20+]

 

Tipo

Escopetas

Carabinas

Rifles

Fusiles

Pistolas

Revólveres

Caza

 

Deporte

Defensa

 

 

 

Protección & Seguridad

 

 

 

Colección

Tanto la persona como el arma a adquirir deben inscribirse en una categoría equivalente.


Toda persona natural o jurídica tiene derecho a adquirir un máximo de 2 armas siempre y cuando cumpla con todos los requisitos. Estas 2 armas deben inscribirse de acuerdo al uso que se le darán. Para ello también, la persona debe inscribirse dentro de una categoría que admita el tipo y uso de estas armas, demostrando que actualmente realiza las prácticas contempladas o que se encuentra apto para ello (más detalles en la sección de trámites).


Ciertas categorías admiten la incorporación de un cupo adicional de armas a la cantidad legal, para ello, la persona ya inscrita debe dirigirse a la autoridad fiscalizadora y solicitar una ampliación de cupo.


Las armas de colección cuentan con un cupo ampliable de 3 niveles por los cuales se debe ir accediendo en la medida que se vayan incorporando armas a su propiedad.

Adquisición

La adquisición de un arma de fuego puede provenir de la compra de un arma nueva o de un arma usada. Los procedimientos de ambos casos son los mismos y deben efectuarse por cada arma que compre, aún si ya ha adquirido un arma de fuego con anterioridad.


El proceso de adquisición involucra a la vez el proceso de inscripción del arma, lo que puede llevar un poco a la confusión. Hemos desarrollado esta guía según nuestros conocimientos y experiencias para que pueda efectuar la compra e inscripción de su arma en un orden óptimo.


Recomendamos arduamente que antes de iniciar los trámites de adquisición se ponga en contacto con la autoridad fiscalizadora correspondiente a su comuna y que manifieste el deseo de adquirir esta nueva arma. Junto a ellos podrá evaluar su situación personal y la del arma para así poder determinar la factibilidad de la adquisición y el proceso óptimo a seguir.

Requisitos

Existe una serie de requisitos fundamentales que son motivo excluyente para la adquisición de un arma de fuego:

  • Ser mayor de edad legal (a excepción de menores inscritos como deportistas).
  • Contar con una cédula de identidad nacional que acredite su edad y nacionalidad.
  • Si usted ya está inscrito dentro de la categoría donde desea inscribir el arma entonces debe contar con cupo disponible.
  • Debe tener sus antecedentes penales impecables y que por ningún motivo reflejen que usted ha sido condenado por crimen, simple delito o sancionado en procesos relacionados con la ley Nº 19.325 (Violencia Intrafamiliar).
Trámites

Si ya cumple con los requisitos básicos entonces El Pionero le recomienda realizar en el orden dado los siguientes trámites:

  1. Generar una o más fotocopias de la cédula de identidad (por ambos lados) para el caso que se le solicite.
  2. Descargar desde nuestra página web la declaración jurada simple. Debe imprimir y completar esta declaración con datos fidedignos. Es importante destacar que el domicilio que está declarando es donde se deberá almacenar el arma. Además este documento certifica que usted se ha informado y ha tomado conocimiento con respecto a la ley de control y tenencia de armas de fuego.
    Recomendamos protocolizar este documento ante notario ya que la autoridad fiscalizadora lo exige en la mayoría de los casos.
  3. Descargar desde nuestra página web la declaración jurada simple de seguridad y otros. Este es un documento que usted debe completar con sus datos personales y que además debe adjuntar una o un par de fotografías del espacio donde almacenará el arma. Las fotografías deben demostrar el nivel de seguridad dispuesto para el almacenamiento del arma y la ley exige que si es su primera o segunda arma, se debe tratar de un lugar de difícil acceso y que además cuente con una puerta con cerrojo y/o candado. Si se trata de su tercera arma o superior entonces además del lugar con puerta, las armas deben estar adicionalmente guardadas dentro de una caja metálica o una caja fuerte que cuente con un cerrojo y/o candado.
    Recomendamos protocolizar este documento ante notario ya que la autoridad fiscalizadora lo exige en la mayoría de los casos.
  4. Obtener un certificado de antecedentes para fines especiales. Este documento lo puede obtener en cualquier oficina del registro civil a lo largo del país.
  5. Rendir examen psicofísico para acreditar que usted posee aptitud física y psicológica para el uso y tenencia del arma. Este examen debe realizarlo con un médico psiquiatra calificado para este tipo de fines. El Pionero puede recomendar un psiquiatra a nuestros clientes en Santiago si no cuentan con uno. Para efectuar el examen, usted deberá descargar e imprimir la pauta de evaluación psicofísica y el certificado de aptitud psicofísica, donde podrá ver en la pauta cuales aspectos son los evaluados. Luego diríjase con estos documentos al médico psiquiatra para realizar la evaluación. Si aprueba el examen, el médico le certificará con firma y timbre el certificado que imprimió y presentó al momento del examen.
    Como recomendación, si usted proyecta que al corto plazo adquirirá adicionalmente otra arma entonces sugerimos que haga una fotocopia del certificado y la protocolice ante notario. Esto le permitirá inscribir el arma adicional sin necesidad de rendir y pagar por el examen psicofísico nuevamente. Genere tantas fotocopias como armas adicionales desee (y pueda) inscribir.
    El certificado de aptitud psicofísica (y las fotocopias que haya hecho) tienen una vigencia de 120 días calendarios, por lo que usted cuenta con este plazo para realizar toda la tramitación de la(s) arma(s) que desee adquirir. Si el plazo ha expirado entonces usted deberá rendir nuevamente el examen psicofísico para obtener un nuevo certificado.
  6. Habiendo aprobado el examen psicofísico, usted ahora debe rendir un examen teórico con respecto a la ley de control de armas y también sobre manejo del arma que desea adquirir. Le recomendamos descargar la cartilla de preparación para el examen, donde podrá obtener información de estudio así como un extenso cuestionario de prueba que le ayudarán a tomar conocimiento sobre la responsabilidad de la tenencia y uso de un arma de fuego. Para rendir este examen, usted debe pedir hora con anticipación a la autoridad fiscalizadora, presentando consigo la declaración jurada simple, la declaración jurada simple de seguridad, el certificado de antecedentes y el certificado de aptitud psicofísica que obtuvo anteriormente.
    Como medida de seguridad, la autoridad fiscalizadora antes de tomarle el examen procederá a realizar una comprobación de domicilio. Esto consiste en una visita presencial por parte del personal de la autoridad fiscalizadora al domicilio especificado en la declaración jurada simple presentada anteriormente, con el fin de corroborar que los datos provistos sean fidedignos y que además las medidas de seguridad declaradas cuenten con el nivel apropiado.
    Aprobar el examen significa “acreditarse”, esto le permite a usted adquirir el arma y posteriormente comprarle las municiones. Esta acreditación dura 5 años, posterior a la vigencia de la acreditación, usted deberá rendir nuevamente este examen para renovar su acreditación, de esta manera usted podrá continuar comprando munición o incluso adquirir una nueva arma.
    Como recomendación, si usted por ejemplo adquirirá una pistola pero estipula que dentro de unos meses más adquirirá una escopeta entonces sugerimos que al presentarse ante la autoridad fiscalizadora para solicitar la hora del examen, especifique al funcionario que usted desea “acreditarse para pistolas y escopetas”. Las categorías que el examen de conocimientos permite acreditar son: Pistolas, revólveres, escopetas, rifles, fusiles y carabinas. Usted debe declarar la(s) categoría(s) del(de las) arma(s) que adquirirá.
  7. Si aprobó el examen teórico, entonces usted ya está calificado para comprar el arma e inscribirla. Para estos efectos usted debe ponerse en contacto con nosotros para que generemos la orden de compra y le remitamos además el certificado de asistencia técnica del banco de pruebas. Este último documento lo que hace es certificar que el arma específica que usted desea adquirir se encuentra catalogada como apta según sus características técnicas y sus condiciones.
  8. Teniendo en su poder la orden de compra y el certificado de asistencia técnica del banco de pruebas, usted debe dirigirse a la autoridad fiscalizadora con ambos documentos para efectuar la inscripción del arma.
    Si usted opta por darle un uso especial a esta arma como por ejemplo caza o deporte entonces es en este momento previo a la inscripción que debe manifestarlo a la autoridad fiscalizadora. Ellos le guiarán con respecto a los trámites adicionales que debe hacer y los documentos adicionales que debe presentar. Si este es el caso entonces para ahorrar tiempo, nosotros le sugerimos efectuar previamente los siguientes pasos para así presentarse con todo listo:
    1. Si el arma será utilizada para caza, entonces debe dirigirse al S.A.G. (Servicio Agrícola y Ganadero) y solicitar un permiso de caza. El SAG se encuentra ubicado en Santiago en Av. Portales 3396 (Comuna Estación Central), su horario de atención es de lunes a miércoles de 9:30 a 12:30 hrs. Recomendamos llevar una foto con nombre y RUT para el carné de caza. Para mayor información comuníquese directamente con el SAG al teléfono (56-2) 6764000.
    2. Si el arma será utilizada para deporte entonces usted debe obtener una carta del club deportivo al cual pertenece así como también la certificación de la federación a la que pertenece el club.
    3. Si el arma es de colección entonces usted debe tratarlo ahí mismo en la autoridad fiscalizadora.
    4. Las armas que por defecto serán utilizadas para defensa no requieren de inscripciones adicionales. Esto no indica que usted está autorizado a portar su arma en la vía pública. Para este tipo de efectos, posterior a la adquisición e inscripción del arma, usted debe dirigirse a la autoridad fiscalizadora y manifestar su necesidad, donde le guiarán a obtener dicha autorización si califica para ello.
  9. Habiendo efectuado la inscripción del arma, la autoridad fiscalizadora le otorgará una autorización de compra que acredita la inscripción ante nosotros y lo habilita ya a formalizar el pago y retiro del arma en nuestra armería. Además se dará origen al padrón del arma, el que generalmente se retira en la misma oficina de la autoridad fiscalizadora un par de días después.
    Usted recibirá tres copias de la autorización de compra, una queda en su poder y las otras dos quedan en nuestros archivos. Debe presentarse en la armería con las tres copias para concretar el pago y poder hacer el retiro del arma.
    ¡Felicitaciones! A este punto usted ya es el dueño legítimo y portador de su arma. El motivo por el que le pedimos presentarse con su copia personal de la autorización de compra es porque ésta le sirve como guía de libre tránsito, por lo que podrá trasladar el arma desde nuestro local al domicilio donde declaró que se encontrará almacenada.
Armas Usadas

Las armas usadas comprometen exactamente los mismos pasos que un arma nueva pero la autorización de compra no sirve como guía de libre tránsito. Por ende al inscribir el arma en la autoridad fiscalizadora debe solicitar una guía de libre tránsito para trasladar el arma desde el local al domicilio donde declaró que se encontrará almacenada.

Para su información cabe destacar que técnicamente en el caso de las armas usadas, al hacer una inscripción se efectúa una transferencia de propiedad hacia usted desde el dueño anterior o la armería en caso de que se encuentre consignada a nosotros.

Municiones

La compra de municiones es notoriamente más rápida y fácil que comprar el arma en sí. Los únicos dos requisitos para comprar municiones son:

  • Tener un arma inscrita que tenga los papeles al día y además la munición a adquirir debe coincidir con el calibre de esta arma.
  • Existen cupos legales que restringen la cantidad de municiones que se pueden adquirir anualmente. Este cupo se reinicia cada año y tiende a variar según modificaciones hechas a la ley de control de armas. El cupo disponible depende de la categoría en que esté inscrita el arma y el propietario. La autoridad fiscalizadora mantiene una base de datos a nivel nacional que lleva el registro por persona de las unidades disponibles para adquirir.

Las personas registradas como coleccionista solamente NO pueden adquirir municiones.

Antes de iniciar los trámites para comprar municiones, debe estar seguro de la marca y cantidad a comprar pero lo más importante es la disponibilidad de ella en la armería. Es por ello que para evitar que pierda tiempo tramitando una munición que no está disponible, le recomendamos primero ponerse en contacto con nuestro personal de ventas para determinar la munición adecuada para su arma y además confirmar su disponibilidad.

El primer paso para adquirir municiones después de haber confirmado su disponibilidad, es obtener una fotocopia de su cédula de identidad por ambos lados, además se debe contar con el padrón del arma a la que desea comprar municiones. Luego debe completar la solicitud de compra de municiones. De manera alternativa puede solicitar este documento en nuestra armería sin mayores requerimientos.

Teniendo ya el formulario debe completarlo con la información personal solicitada y debe especificar la cantidad, tipo y calibre de la munición a comprar. Destacamos que el calibre de la munición debe corresponder al del arma y que la cantidad no debe exceder su cupo disponible.

Con el formulario ya listo, debe presentarlo junto al padrón y la fotocopia de la cédula en la autoridad fiscalizadora para que le otorguen la autorización de compra timbrada. Este documento timbrado debe presentarlo en la armería para hacer efectivo el pago y la compra.

Compras desde Provincias

El mecanismo de control de armas de fuego implementado por la DGMN está ideado para actuar en todo el país, por lo que usted puede efectuar los pasos aquí descritos, independiente del lugar donde resida. La clave es naturalmente identificar a la autoridad fiscalizadora de su comuna para realizar ahí todos los trámites.

No es necesario viajar y presentarse ante la armería. En este mismo manual se otorgan los enlaces a los formularios y documentos asociados que necesitará, los que simplemente debe descargar e imprimir. Los casos excepcionales son la orden de compra y el certificado del banco de pruebas, documentos que le enviaremos por correo después de solicitarlos. A la vez usted debe enviarnos las dos copias originales de  la autorización de compra y habiendo recibido estos documentos se procederá a despachar el arma según el servicio de transporte convenido. Tenga presente que nuestras políticas de compra indican que es usted quien debe cancelar los costos del despacho.

Servicio de Tramitación

Si bien se recomienda a las personas efectuar los trámites personalmente para tardar menos tiempo, existe un servicio de nuestra armería que consiste en representar legalmente al cliente y así poder efectuar la mayoría de los trámites nosotros mismos con la mínima intervención por su parte. El Pionero se encargará de entregar asesoría técnica, obtener todos los documentos, fijar las horas de los exámenes y realizar todos los trámites administrativos.

Es importante destacar que las personas que contraten este servicio no están exentas de presentarse personalmente al examen psicofísico y al examen de conocimiento. En estos casos El Pionero puede tan solo coordinar las horas de estos exámenes.

Este servicio es recomendado principalmente para aquellas personas que no cuenten con el tiempo para efectuar la tramitación personalmente. Cabe destacar que conlleva un costo levemente mayor y que suele tardar un poco más de tiempo ya que ante la autoridad fiscalizadora, las armerías suelen obtener un trato diferencial.

La factibilidad y el costo de este servicio dependerán del estado actual del cliente (cupo, situación legal, residencia, etc). Principalmente este servicio se adapta bien a las personas residentes en Santiago ya que es ahí donde se puede coordinar el examen psicofísico con nuestro médico psiquiatra recomendado, además se cuenta con acceso a la principal A.F. de Santiago, la que queda en las cercanías de nuestro local entonces al presentarse al examen de conocimientos es posible visitar la armería y resolver ciertas dudas o conocer otras novedades.

Para obtener mayor información sobre este servicio o para contratarlo le sugerimos ponerse en contacto con nuestra armería por vía telefónica o por correo electrónico.